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Gramaticalidad

Artículo de la enciclopedia

Gramaticalidad, condición o cualidad de gramatical. Propiedad de las oraciones que se ajustan a las reglas y principios de la gramática.

En la gramática generativa se postula que el objetivo de una gramática formal es lograr la caracterización de todas las oraciones gramaticales de una lengua. El trabajo del lingüista, entonces, consiste en determinar los mecanismos por los que una gramática genera todos los enunciados gramaticales y sólo los gramaticales de una lengua. Obsérvese que este es un concepto teórico ligado a la construcción de una gramática concreta. Por tanto, un enunciado lingüístico no es gramatical en sí mismo, sino respecto de una gramática determinada. Así, si suponemos una gramática formal equivalente a la que un hablante nativo de español tiene de su lengua, los dos enunciados lingüísticos siguientes tendrán diferente consideración respecto de su gramaticalidad: Juan ha venido de Roma y *Roma venido Juan de ha. En efecto, mientras que la primera de ellas es gramatical, es decir, es generable por el sistema de reglas y principios que constituye la gramática, y por tanto producible o reconocible por un hablante que utilizara esa misma gramática, la segunda viola principios fundamentales del orden de constituyentes y es, consecuentemente, agramatical (extremo que se indica en lingüística anteponiendo un asterisco al enunciado).

Los hablantes suelen tener un conocimiento profundo, a veces de carácter negativo, de su lengua, lo cual les permite emitir juicios de gramaticalidad sobre los enunciados lingüísticos producidos en ella. Por este motivo, para el desarrollo de sus modelos formales, la lingüística teórica suele apoyarse en los juicios de gramaticalidad que los hablantes otorgan a las oraciones inventadas por los lingüistas. Sin embargo, muchos hablantes tienden a no coincidir en sus juicios sobre oraciones complejas, ya que fundamentan éstos en conocimiento extralingüístico; este hecho dificulta tremendamente el trabajo de los lingüistas (véase Aceptabilidad).

Por este motivo, entre otros, se han propuesto tradicionalmente (y Chomsky fue el primero que lo hizo, en 1961) grados de gramaticalidad. Bajo esta suposición, la violación de ciertas reglas de la gramática se considera más severa que el incumplimiento de otras, de forma que, por ejemplo, oraciones como Juan encontró o Juan se acordó Pedro, poseen un grado de agramaticalidad mayor que La belleza castiga a Juan o Pedro lee una castaña, pues en las primeras se violan principios sintácticos (en este caso, la subcategorización, que obliga a encontrar a tener un objeto directo y a acordarse a introducir su complemento con la preposición de) y en las segundas principios semánticos (de rasgos de selección semántica, que impiden a belleza ser sujeto de castigar y a castaña complemento directo de leer), y las restricciones sintácticas se consideran más fuertes que las semánticas.

A la luz de los ejemplos anteriores, la gramaticalidad no debe confundirse con la ‘interpretabilidad’ de un enunciado, sino con las condiciones de buena formación según una gramática, en última instancia, la gramática que los hablantes tienen interiorizada, es decir, su competencia.

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