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Seguro de accidentes

Artículo de la enciclopedia

Seguro de accidentes, contrato por el que el asegurador se obliga mediante el cobro de una prima y para el supuesto de que, se produzca el accidente a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas. Sin perjuicio de lo pactado entre las partes, suele entenderse por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente, o la muerte. Por otro lado, si el asegurado provoca el accidente, de una forma premeditada, y se demuestra, el asegurador se libera del cumplimiento de su obligación. Este seguro puede estipularse sobre la vida e integridad propia o sobre la de un tercero. En el seguro de accidentes, en supuestos de muerte, el tomador podrá designar beneficiario o incluso modificar la disposición realizada con antelación sin necesidad del consentimiento del asegurador.

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