| Academia Mexicana de la Lengua | Vista del artículo | ||||
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| 2. | FINALIDAD |
De acuerdo con lo establecido en sus estatutos, aprobados en sesión plenaria del 2 de diciembre de 1931, y lo dispuesto en la escritura de constitución como asociación civil, de 1952, los fines de la Academia son los siguientes:
1. Velar por la conservación, la pureza y el perfeccionamiento de la lengua española.
2. Mantener una constante comunicación de carácter científico o literario con las academias e instituciones similares.
3. Formar y acrecentar su biblioteca, especialmente con aquellas obras científicas o literarias que mejor favorezcan el cumplimiento de los propósitos de la Academia.
4. Fomentar y propagar el estudio de la lengua española mediante sesiones periódicas privadas; sesiones y conferencias públicas; congresos y cualesquiera otros actos propios de su instituto, pudiendo enviar delegados de su seno para llenar estos fines.
5. Resolver las consultas que le hagan las autoridades o los particulares.
6. Promover ante las autoridades o ante instituciones o individuos particulares todo aquello que favorezca la conservación, la pureza y el perfeccionamiento de la lengua castellana.
En cumplimiento de sus objetivos, la Academia realiza de forma permanente estudios y actividades relacionados con las materias de su competencia, tanto en forma plenaria como a través de sus respectivas comisiones especializadas. De sus estudios dan cuenta sus diversas publicaciones, siendo las más importantes las Memorias y el Anuario.