Vista de búsqueda Censura

Para buscar una palabra, un nombre o término en este artículo, selecciona la opción de buscar en el explorador web. En Internet Explorer esta opción se encuentra en el menú Edición.

Se buscará la palabra o frase exacta que escribas. Si no encuentras lo que solicitaste, elige otra palabra clave o comprueba la ortografía.

Censura
1. Introducción

Censura, revisión realizada por un funcionario del Gobierno, denominado censor, sobre todo tipo de publicaciones, películas o mensajes publicitarios y que conlleva la proposición, en determinados casos, de que se modifiquen o prohiban. La censura es una institución jurídica que condiciona y regula la “emisión y difusión del pensamiento”. Normalmente se regula a través de las denominadas “leyes de prensa” o de comunicación social, y rara vez se le nombra por su verdadero nombre. El grado de intervención varía en gran medida: desde la mera obligación de remisión de la información u obras publicadas a la designación por las autoridades de personas sin cuyo visto bueno final la obra no puede salir a la luz pública.

Vinculada generalmente a la acción pública sobre los particulares, cada vez son mayores las decisiones jurisprudenciales que protegen la creación de escritores o periodistas cuyas empresas intervienen en una línea editorial distinta de la del interesado. Gracias al recurso de amparo se protege así el derecho a difundir información veraz sin trabas. Las únicas limitaciones a este derecho hacen referencia a la intimidad y a la propia imagen de los afectados por tales informaciones u obras, pero gracias a la intervención de un juez y siempre a posteriori (figura conocida como “secuestro de publicaciones”). Existen otras limitaciones especiales para la Fuerzas Armadas o en tiempo de guerra y estados de alarma, excepción o sitio. La censura se aplica siempre bajo el principio de territorialidad; es decir, dentro de las fronteras de un Estado, por lo que las mejoras de las comunicaciones (televisión por satélite e Internet) hacen que se burle la acción de los gobernantes que pretenden ejercerla.

2. Censura canónica

En Derecho canónico es pena por la cual se priva al bautizado que ha delinquido y es contumaz, de ciertos bienes espirituales o anejos a estos hasta que cese en su actitud rebelde y se le otorgue la absolución.

3. Censura eclesiástica

Todo católico tiene la obligación de someter a censura cualquier escrito sobre religión y moral. Este es un deber que afecta también al editor que debe presentar a la autoridad eclesiástica (en este caso el obispo o su vicario general) la obra en cuestión y si dicha autoridad no aprecia ningún obstáculo moral o dogmático para su publicación (nihil obstat), concede licencia para su publicación (imprimatur), aunque pese a ello el texto puede ser denunciado después por cualquier lector.