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Abadesa, mujer que desempeña el cargo de superiora de un convento en ciertas órdenes religiosas cristianas. Una abadesa tiene jurisdicción administrativa equivalente a la del abad de un monasterio, pero no ejerce los derechos y funciones del sacerdocio. El título data del siglo VI. La mayoría de los privilegios seculares propios del rango, tales como ser miembro del consejo real y tener rango de nobleza igual al de los pares temporales, fueron abolidos en el siglo XVI, en la época de la Reforma.