Bulas Alejandrinas
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Bulas Alejandrinas
2. Antecedentes

La mayoría de los juristas y teólogos del siglo XV defendía el poder universal del papa para intervenir en los asuntos temporales de los pueblos, ya que la sociedad cristiana daba prioridad a los fines espirituales. De esta manera, la Iglesia, salvaguarda de la doctrina evangélica y, en su lugar, el romano pontífice como cabeza de la misma, podía tener jurisdicción sobre paganos e infieles, ignorantes o enemigos del Evangelio, y en algunos casos, incluso, disponer de sus tierras en favor de un príncipe cristiano bajo obligación evangelizadora.

Al amparo de tales doctrinas teológico-jurídicas y, sobre todo, tras la obtención de las bulas papales Romanus Pontifex (1455) e Inter Caetera (1456), Portugal había iniciado y consolidado su expansión atlántica a la vez que limitó la de Castilla. El Tratado de Alcáçovas, firmado por los Reyes Católicos y Alfonso V de Portugal en 1479, y confirmado por la bula Aeterni Regis (1481), delimitaba con claridad la zona de expansión de los reinos peninsulares en vísperas del descubrimiento de América: Castilla podría navegar hasta el paralelo de las islas Canarias, mientras que el resto del océano y tierras africanas al sur del citado paralelo, hasta la India, quedaba reservado en exclusiva a Portugal. Para el hijo y sucesor de Alfonso V, Juan II, en consecuencia, lo descubierto por Cristóbal Colón en 1492 'le pertenecía', según confesó al almirante en la entrevista de Valparaíso.